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Recomendados INCOTRANS - Diciembre 2022 (Fiscalidad internacional) (IVA) (Novedades) (Quick Fixes)

Recomendados INCOTRANS - Diciembre 2022 (Fiscalidad internacional) (IVA) (Novedades) (Quick Fixes)

Miércoles, 28 de Diciembre de 2022

Con objeto de generar el mayor valor añadido a sus usuarios, INCOTRANS - International Business Group ofrece en esta sección una selección de recursos disponibles en Internet. Imagen: INCOTRANS® - International Business Group ©

Última actualización, a 25 de mayo de 2023.

 

"Publicada la Ley 13/2023, de 24 de mayo, que introduce modificaciones en la LGT, LIVA, LIS y TRLIRNR"

Fuente: CEF. Leer noticia aquí

 

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"VAT in the Digital Age" (08/12/2022)

On 8 December 2022, the European Commission proposed a series of measures to modernise and make the EU’s Value-Added Tax (VAT) system work better for businesses and more resilient to fraud by embracing and promoting digitalisation.

Source: European Commission’s Directorate General for Taxation and Customs (DG TAXUD). See info here

 

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Manual práctico IVA 2022

Fuente: AEAT. Leer noticia aquí

 

Capítulo 3. Entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios y profesionales. Adquisiciones intracomunitarias e importaciones de bienes. A) Conceptos generales. Ver aquí

 

Modelo 380. IVA. Operaciones asimiladas a las importaciones

Fuente: AEAT. Leer noticia aquí

 

Localizador de Entrega de Bienes

Fuente: AEAT. Utilizar herramienta aquí

 

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"Tax Challenges Arising from Digitalisation – Report on Pillar One Blueprint" (14/10/2020)

Source: OECD. Read news here

 

"Tax Challenges Arising from Digitalisation – Report on Pillar Two Blueprint" (14/10/2020)

Source: OECD. Read news here

 

"MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO"

Fuente: Agencia Tributaria. Leer noticia aquí

 

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Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 3 de octubre de 2018, sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a los tipos del impuesto sobre el valor añadido (COM(2018)0020 – C8-0023/2018 – 2018/0005(CNS))

Ver pdf aquí

 

DIRECTIVA (UE) 2018/1910 DEL CONSEJO de 4 de diciembre de 2018 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que se refiere a la armonización y la simplificación de determinadas normas del régimen del impuesto sobre el valor añadido en la imposición de los intercambios entre los Estados miembros. Ver BOE aquí

 

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"Recomendados INCOTRANS - Diciembre 2019 (Fiscalidad internacional) (IVA) (VAT in the Digital Age)" (29/12/2019)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Group ©. Leer noticia aquí

 

"Recomendados INCOTRANS - Diciembre 2018 (Fiscalidad internacional) (IVA)" (29/12/2018)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Group ©. Leer noticia aquí

 

"Recomendados INCOTRANS - Diciembre 2018 (Fiscalidad internacional) (Operaciones Triangulares / Cross Trade)" (29/12/2018)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Group ©. Leer noticia aquí

 

"Recomendados INCOTRANS - El Ecofin pide a España subir el IVA en el día que se aprueba la reforma fiscal" (20/06/2014)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Group ©. Leer noticia aquí

 

"Recomendados INCOTRANS - Bruselas propone un modelo único de declaración del IVA" (23/10/2013)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Group ©. Leer noticia aquí

 

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"GUIDELINES RESULTING FROM MEETINGS OF THE VAT COMMITTEE (Up until 12 December 2019)" (17/12/2019)

Source: European Commission’s Directorate General for Taxation and Customs (DG TAXUD). See info here

 

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Otras noticias relacionadas:

 

"Impuesto sobre el Valor Añadido: modelos 303, 322 y 390" (22/11/2022)

Fuente: AEAT. Leer noticia aquí

 

"Plazo para solicitud del IVA diferido a la importación en 2023" (24/10/2022)

Fuente: Taric. Leer noticia aquí

 

"El "nuevo" artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria. Motivos y desarrollo" (12/09/2022)

Mediante la Ley 11/2021, de 9 de julio, conocida de forma abreviada como "de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal", se añade al artículo 29.2 de la Ley General Tributaria (LGT) una nueva letra j).

Fuente: AEAT. Leer noticia aquí

 

"NIF-IVA, operaciones intracomunitarias e IVA irrecuperable: El cocktail perfecto" (07/04/2022)

Fuente: Legal Today. Leer noticia aquí

 

"VAT quick fixes and potential double taxation" (14/03/2022)

Source: International Tax Review. Read news here

 

"España y otros cuatro países pactan una transición pacífica hacia el impuesto digital de la OCDE" (22/10/2021)

Fuente: El Economista. Leer noticia aquí

 

"¿Cómo aplicar el IVA en un comercio electrónico?" (21/10/2021)

Fuente: Expansión. Leer noticia aquí

 

"Un nuevo marco europeo para la fiscalidad de las empresas" (20/07/2021)

Fuente: Expansión. Leer noticia aquí

 

"Bruselas retira las exenciones en el IVA del comercio electrónico y comienza a gravar los productos" (30/06/2021)

Fuente: El Economista. Leer noticia aquí

 

"Europa reducirá tiempos con un nuevo sistema para el IVA de bienes de escaso valor procedentes del comercio electrónico" (04/06/2021)

Fuente: El Mercantil. Leer noticia aquí

 

"Llega el nuevo IVA del comercio electrónico, ¿está preparado su negocio?" (16/05/2021)

Fuente: Expansión. Leer noticia aquí

 

"La Unión Europea lanzará en 2021 un régimen especial para el IVA en las importaciones" (29/12/2020)

Fuente: El Economista. Leer noticia aquí

 

"Bergé fomenta el pago diferido del IVA a la importación para simplificar trámites" (29/10/2020)

Fuente: El Vigía. Leer noticia aquí

 

"Hacienda prorroga hasta el 31 de octubre la exención de IVA a las entregas de material sanitario" (22/09/2020)

Fuente: El Mercantil. Leer noticia aquí

 

"Bruselas aplicará la nueva normativa sobre el IVA en el e-commerce en 2021" (04/08/2020)

Fuente: Cadena de Suministro. Leer noticia aquí

 

"Operaciones Intracomunitarias. Novedades para el ejercicio 2020" (12/03/2020)

Fuente: INEAF. Leer noticia aquí

 

"Novedades en el IVA Intracomunitario: La prueba del transporte intracomunitario en las entregas intracomunitarias de bienes" (20/02/2020)

Fuente: Extenda. Leer noticia aquí

 

"Modificaciones en el IVA Intracomunitario" (10/02/2020)

Fuente: AV Asesores. Leer noticia aquí

 

"El IVA del comercio intracomunitario de bienes será más simple a partir de enero" (19/12/2019)

Fuente: Legal Today. Leer noticia aquí

 

"La Directiva 2018/1910, que entrará en vigor en todos los Estados de la Unión Europea el 1 de enero de 2020, pone en marcha cuatro medidas que pretenden armonizar el tratamiento en este impuesto de ciertos aspectos de la compraventa de productos.

 

Para conseguirlo “se pondrán en marcha las llamadas Soluciones Rápidas o Quick Fixes, cuatro medidas que pretenden ser temporales hasta que el Sistema Común del IVA sea modificado sobre la base de un sistema de tributación en destino, que se prevé que entre en vigor en julio de 2022, si no se retrasa su aprobación unánime por todos los Estados miembros de la UE”. Esas medidas afectan a:

- las existencias de reserva o call-off-stock,

- las operaciones en cadena,

- el NIF IVA y

- la prueba del transporte intracomunitario.

 

El destinatario de la operación deberá comunicar un NIF IVA válido a su proveedor. De lo contrario, este debería repercutir IVA en su factura, puesto que no se estaría cumpliendo con uno de los requisitos necesarios para aplicar la exención.

 

Por el cambio que entrará en vigor el 1 de enero se entenderá que los bienes han sido transportados de un Estado miembro a otro

- si el vendedor indica que han sido expedidos por él o por un tercero en su nombre y se encuentra en posesión de dos elementos de prueba no contradictorios relativos al transporte o si está en posesión de un documento de transporte en combinación con cualquier elemento de prueba no contradictorio que justifique la realización de la operación.

- Si el transporte ha sido organizado por el comprador, deberá contar también con una declaración escrita por él mismo en la que consten sus datos, la cantidad y naturaleza de los bienes, fecha y lugar de entrega e identificación de la persona que los acepte en su nombre."

 

"Transportes a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido" (12/12/2019)

Fuente: Iberley. Leer noticia aquí

 

"Las soluciones rápidas en el IVA: el NIF IVA y la prueba del transporte intracomunitario" (11/12/2019)

Fuente: Legal Today. Leer noticia aquí

 

"A partir de 1 de enero de 2020, el destinatario de la operación deberá comunicar un NIF IVA válido a su proveedor. De lo contrario, éste debería repercutir IVA en su factura puesto que no se estaría cumpliendo con uno de los requisitos necesarios para aplicar la exención.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 Reglamento del IVA, el transporte intracomunitario de los bienes se puede demostrar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho y, en particular:

  • Si el transporte lo realiza el vendedor o por su cuenta, mediante los correspondientes contratos de transporte o facturas expedidas por el transportista.
  • Si el transporte lo realiza el comprador o por su cuenta, mediante el acuse de recibo del adquirente, el duplicado de la factura con el estampillado del adquirente o copias de los documentos de transporte.

Esta lista no es cerrada y, en general, cualquier otro medio de prueba fehaciente debería ser admitido.

 

No todos los Estados miembros recogen en su normativa una listado de documentos que puedan utilizarse como prueba del transporte intracomunitario. Esto ha hecho que exista una total falta de uniformidad en el seno de la Comunidad lo que implica inseguridad jurídica para los operadores. Es habitual recibir cuestiones de operadores extranjeros preguntando que documentos son válidos para probar la realización de un transporte intracomunitario y vemos también de forma habitual como las respuestas son diferentes entre unos Estados miembros y otros.

Con el fin de acabar con esta falta de uniformidad, a partir del 1 de enero de 2020 se presumirá que los bienes han sido transportados de un Estado miembro a otro si:

 

(i) El vendedor indica que los bienes has sido expedidos por él o por un tercero en su nombre y se encuentra en posesión de dos elementos de prueba no contradictorios relativos al transporte (CMR, conocimiento de embarque etc); o

 

(ii) El vendedor está en posesión de un documento de transporte en combinación con cualquier elemento de prueba no contradictorio que justifique la realización de la operación (póliza de seguro, documentos de una autoridad pública como un notario, etc.).

 

En el caso de que el transporte haya sido organizado por el comprador, además de lo anterior, se deberá contar con una declaración escrita por el mismo incluyendo fecha de emisión, el nombre y la dirección del adquiriente, la cantidad y naturaleza de los bienes, la fecha y lugar de entrega de los bienes y la identificación de la persona que acepte los bienes en nombre del adquiriente. Dicha declaración deberá entregarse al proveedor no más tarde del décimo día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la entrega lo cual puede convertirse en un plazo excesivamente corto en muchos casos.

 

Es importante señalar que estos documentos podrán ser refutados por la Administración lo que añade cierto margen de incertidumbre a la medida."

 

"Las soluciones rápidas en el IVA: las operaciones en cadena" (28/11/2019)

Fuente: Legal Today. Leer noticia aquí

 

 

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