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Recomendados INCOTRANS - Junio 2023 (Origen de las mercancÃas) (Exportador registrado vs. exportador autorizado)
Viernes, 30 de Junio de 2023
Con la entrada en vigor del Código Aduanero de la Unión (CAU) en mayo de 2016, se introdujo la figura del exportador registrado y el Sistema de Registro de Exportadores (sistema REX) basados en el principio de la autocertificación del origen preferencial por parte de los operadores económicos.
Última actualización, a 30 de abril de 2023.
"Bergé promueve la figura del Exportador Autorizado" (24/07/2020)
Fuente: Cadena de Suministro. Leer noticia aquí
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"Guía sobre Exportadores Autorizados" (30/04/2023)
Fuente: AEAT. Leer noticia aquí
"Exportador Registrado y Exportador Autorizado" (08/10/2018)
Fuente: TARIC. Leer noticia aquí
Fuente: TARIC y Agencia Tributaria. Leer noticia aquí (23/02/2018)
Imagen: INCOTRANS® - International Business Advisors ©
"Nuevo Código Aduanero de la Unión (Aduanas) (CAU) (DUA)" (08/02/2018)
Fuente: INCOTRANS® - International Business Advisors ©. Leer noticia aquí
"Nuevo Código Aduanero de la UE"
Fuente: Agencia Tributaria. Leer noticia aquí
"Código Aduanero y disposiciones de aplicación del Código Aduanero"
Fuente: Agencia Tributaria. Leer noticia aquí
"Normativa transitoria y de desarrollo del Código Aduanero de la Unión"
Fuente: Agencia Tributaria. Leer noticia aquí
"Consultas sobre el nuevo CAU - Listado de preguntas"
Fuente: Agencia Tributaria. Leer noticia aquí
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DEFINICIÓN DE EXPORTADOR
Art. 1.19) RDCAU: "(...) «exportador»: a) la persona establecida en el territorio aduanero de la Unión que, en el momento en que se acepta la declaración, es titular del contrato con el destinatario en un tercer país y está facultada para decidir que las mercancías deben ser conducidas a un destino situado fuera del territorio aduanero de la Unión, b) el particular que transporta las mercancías que se vayan a exportar cuando estas mercancías estén contenidas en el equipaje personal del particular, c) en los demás casos, la persona establecida en el territorio aduanero de la Unión, que está facultada para decidir que las mercancías deben ser conducidas a un destino situado fuera del territorio aduanero de la Unión."
Esta definición está siendo revisada (06/04/2018).
"(...) la intención de la DG TAXUD era crear flexibilidad para que las partes de la cadena de suministro elijan quién puede ser Exportador (siempre que se establezcan en la UE, como en el caso del código de aduanas anterior). Esto es por ejemplo para acomodar transacciones en condiciones Ex Works. Después de varios debates y algunas enmiendas, se llegó a un acuerdo entre la DG TAXUD y el servicio jurídico. El artículo
propuesto actual es:
Artículo 1 (19) «exportador» significa:
a) un particular que transporte mercancías que deban sacarse del territorio aduanero de la Unión cuando estas mercancías estén contenidas en el equipaje personal del particular;
b) en otros casos, cuando (a) no se aplica:
(i)- una persona establecida en el territorio aduanero de la Unión, que tiene el poder de determinar y ha determinado que los bienes deben ser retirados de ese Territorio aduanero
(ii) cuando (i) no se aplica, cualquier persona establecida en el territorio aduanero de la Unión que es parte del contrato bajo el cual los bienes deben ser retirados de ese territorio aduanero."
"Union Customs Code" (22/01/2018)
Source: European Commission - TAXATION AND CUSTOMS UNION. Read news here
On 22 January 2018, the European Commission has published a report on the state of play of implementation of the UCC since its entry into force on 1 May 2016. The report also deals with how the Commission has exercised its power to adopt delegated acts supplementing the UCC.
"A new definition of exporter in Article 1(19) of the Delegated Act whereby the exporter will still be required to be established in the EU but the condition that the exporter must hold the sale contract will be softened. Trade representatives argue that the current definition does not adequately reflect existing business models, such as where the seller is established outside the EU."
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Con la entrada en vigor del Código Aduanero de la Unión (CAU) en mayo de 2016, se introdujo la figura del exportador registrado y el Sistema de Registro de Exportadores (sistema REX) basados en el principio de la autocertificación del origen preferencial por parte de los operadores económicos.
Si bien la figura del exportador registrado y el sistema REX se han comenzado a aplicar en el esquema SPG y en el Acuerdo UE - Canadá, se prevé que su uso se extienda a los próximos Acuerdos firmados por la UE con la finalidad de reemplazar progresivamente los certificados de origen como el EUR.1 y el Form A.
Esta nueva figura es distinta a la del exportador autorizado, contemplada en la mayor parte de los Acuerdos preferenciales vigentes, por lo que, sólo cuando el Acuerdo respectivo lo señale expresamente, se admitirá como prueba de origen válida la declaración/comunicación de origen emitida por exportadores registrados.
Pregunta: ¿Qué es un exportador registrado?
Respuesta: La figura de exportador registrado se define como:
a) todo exportador establecido en un país beneficiario y registrado ante las autoridades competentes del mismo para proceder a la exportación de productos acogiéndose al sistema, ya sea a la Unión o a otro país beneficiario con el que sea posible la acumulación regional; o
b) todo exportador establecido en un Estado miembro y registrado ante las autoridades aduaneras del mismo para proceder a la exportación de productos originarios de la Unión que se vayan a utilizar como materias en un país beneficiario en el marco de la acumulación bilateral; o
c) todo reexpedidor de mercancías establecido en un Estado miembro y registrado ante las autoridades aduaneras del mismo al objeto de extender comunicaciones sobre el origen sustitutivas para reexpedir productos originarios a cualquier otro lugar en el territorio aduanero de la Unión o, en su caso, a Noruega, Suiza o Turquía («reexpedidor registrado»).
Normativa/Doctrina: Artículo 37 (21) Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 delParlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Código Aduanero de la Unión.
Fuente: Agencia Tributaria. Ver link aquí
Pregunta: ¿Qué es el exportador autorizado a efectos de origen?
Respuesta: El Exportador autorizado a efectos de orígenes es un sistema simplificado de prueba de origen preferencial por el que se otorga a un exportador, mediante la correspondiente autorización aduanera, la posibilidad de extender declaraciones de origen preferenciales independientemente del valor de los productos de que se trate.
El exportador que solicite esta autorización deberá ofrecer todas las garantías necesarias, a satisfacción de las autoridades aduaneras, para verificar el carácter originario de los productos, así como el cumplimiento de las demás condiciones establecidas en la normativa de aplicación.
La figura del exportador autorizado a efectos de origen está recogida en todos los regímenes preferenciales (autónomos o acuerdos bilaterales) de la UE, excepto en el acuerdo CE-Siria.
Puede verse, a título de ejemplo, el artículo 119 y 120 del REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2447 DE LA COMISIÓN de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión.
Fuente: Agencia Tributaria. Ver link aquí
Sistema de registro de exportadores (REX) - Documento de orientación (01/07/2017)
Orientaciones relativas al sistema de Registro de Exportadores (REX) (v1.0)
Fuente: Comisión Europea. Ver documento aquí
"Notice to importers concerning the application of the Registered Exporter System within the framework of the Generalised System of Preferences of the European Union" (2018/C 222/08) (26/06/2018)
Source: Official Journal of the European Union. Read news here
Resumen: Exportador autorizado y exportador registrado (REX) NO son lo mismo. ¿Qué tienen en común? En ambos casos son autorizaciones emitidas por la Aduana que permiten a una compañía certificar el origen preferencial de las mercancías mediante una declaración en factura. ¿Cuál es la diferencia?
La figura del exportador autorizado es posible en el marco de los acuerdos comerciales bilaterales de la UE. Por ejemplo, en el marco del acuerdo comercial entre la UE y Chile, el documento que prueba el origen preferencial de las mercancías es un certificado EUR.1 o, en su defecto, una declaración en factura que, para poder emitirla, si el envío supera los 6.000€ de valor, es necesario ser exportador autorizado.
En cambio, el exportador registrado (REX) es posible en el marco del SPG (Sistema de Preferencias Generalizadas) y no de los acuerdos bilaterales. Por ejemplo, si un exportador de Indonesia envía mercancía originaria a la UE, para probar el origen preferencial es obligatorio hacerlo mediante una declaración en factura, para lo que es obligatorio ser exportador registrado (REX) si el envío supera los 6.000€. Solo pueden ser exportador registrado (REX) compañías de países beneficiarios del SPG.
Cabría añadir que el REX es también la autorización que exige el Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA), suscrito entre la UE y Canadá el pasado año, para que las mercancías gocen de beneficio arancelario en los intercambios comerciales entre ambos territorios. Digamos que, en este caso, funciona de forma casi idéntica que la figura del Exportador Autorizado, fruto de la antigua legislación comunitaria en materia de aduanas (CAC y RACAC). El CETA es el único acuerdo comercial bilateral, por el momento, firmado con posterioridad a la entrada en vigor del CAU y sus normas de desarrollo, por eso habla de Exportador Registrado y olvida la antigua figura, en cuanto así lo hace también la nueva legislación.
En conclusión, los exportadores europeos pueden y deben solicitar su número REX para acogerse a la declaración de preferencialidad en factura del CETA. Además parece que los Acuerdos de Libre Comercio (Free Trade Agrrement / FTA) de la UE con Japón y Vietnam, en negociación, incluirán el REX, en línea con el nuevo CAU.
Negotiations and agreements
The EU has in place, or is negotiating, trade agreements with countries and regions around the world. More info here
Cumbre UE-Japón, Tokio, 17.7.2018. Ver info aquí
El Acuerdo de libre comercio UE-Japón eliminará el 99 % de los aranceles que abonan las empresas de la UE que exportan a Japón. Es una clara señal de que la UE y Japón se mantienen unidos contra el proteccionismo.
Acuerdo comercial UE-Vietnam, Bruselas, 17 de octubre de 2018. Ver info aquí
El Acuerdo comercial UE-Vietnam eliminará más del 99 % de los aranceles y suprimirá parcialmente el 1 % restante mediante contingentes limitados exentos de derechos, conocidos como contingentes arancelarios.
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Otras noticias relacionadas:
"Aduana sin papeles en 2025" (19/03/2018)
Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí
La Comisión y el Parlamento Europeos acaban de tomar la decisión de prolongar en cinco años el periodo transitorio que tienen los países miembros para implementar todos los sistemas telemáticos relativos al Código Aduanero de la Unión (CAU).
"Sorpresa de los agentes de aduanas de Barcelona por la postura de Aduanas en las garantías (en la representación directa)" (16/03/2018)
Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí
"Desde el Colegio de Agentes de Aduanas de Barcelona explican que, según el artículo 89.4 del nuevo reglamento, "los agentes de aduanas y representantes aduaneros deberán mantener las garantías en la representación directa incluso después de haber hecho frente al pago de la deuda aduanera", algo con lo que los agentes de aduanas no están de acuerdo porque entienden que les perjudica de forma grave."
"La CE propone extender a 2025 el periodo transitorio del CAU para eliminar el papel" (08/03/2018)
Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí
"Union Customs Code" - News (05/03/2018)
Source: EC. Read news here. See report here
On 2 March 2018, the European Commission proposed that customs authorities and economic operators be allowed to continue using, until 2025 at the latest, already existing systems for the completion of a small number of customs formalities. While most of the new or upgraded electronic systems that are necessary to apply the provisions of the UCC will be operational by 2020, some electronic systems may not be fully completed until 2025. Therefore this proposal would ensure that, in the case of customs formalities to be managed by electronic systems that will not be completed by 2020, already existing electronic systems or paper-based procedures can continue to be used until the new systems are ready.
"Harán prueba piloto de aduana sin papeles en 2018" (16/12/2017)
Fuente: El Mundo. Leer noticia aquí
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