AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Más información | Cerrar

Noticia

top left
top right
bottom left
bottom right
Recomendados INCOTRANS - Enero-Abril 2019 (Legislación y Tablas INCOTRANS)

Recomendados INCOTRANS - Enero-Abril 2019 (Legislación y Tablas INCOTRANS)

Martes, 30 de Abril de 2019

Con objeto de generar el mayor valor añadido a sus usuarios, INCOTRANS® - International Business Advisors ofrece en esta sección una selección de recursos disponibles en Internet. Imagen: INCOTRANS® - International Business Advisors ©

Última revisión, a 02 de enero de 2018.

 

Tablas - Material elaborado por el equipo de INCOTRANS a disposición de nuestros clientes:

Tabla "Incoterms® 2010", by INCOTRANS.

* Tabla "Cálculo de precios de exportación origen-destino por concepto y modo de transporte", by INCOTRANS.

* Tabla "Costes de Transporte Marítimo en contenedor", by INCOTRANS.

* Tabla "Cláusulas de Transporte Marítimo" (Contratación de fletes y términos de entrega), by INCOTRANS.

* Tabla "Responsabilidades del operador en cada modo de transporte (internacional de mercancías)", by INCOTRANS. 

* Tabla "Tipología de cargas", by INCOTRANS.

* Tabla "Coberturas de seguro de transporte de mercancías (riesgos cubiertos y excluidos)", by INCOTRANS.

* Tabla "Los principales documentos del comercio exterior", by INCOTRANS.

* Tabla "Comparativa de los medios de cobro y pago internacionales", by INCOTRANS.

 

Solicítelas gratuitamente a través de nuestro mail de contacto info@incotrans.es.

 

 

Legislación:

 

Registro de textos de CONVENCIONES y OTROS INSTRUMENTOS RELATIVOS AL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL.

Naciones Unidas. Ver documento aquí.

 

CÓDIGOS INTERNACIONALES. Ver info aquí

 

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Descargar documento aquí.

 

 

Contratación Internacional:

 

* Convenio de Viena (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, Viena, 1980). Ver Convenio aquí.

 

Principios UNIDROIT sobre los contratos comerciales internacionales 2004. Ver link aquí.

UNIDROIT = International Institute for the Unification of Private Law / Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado.

 

Durante la 90ª reunión de su Consejo de Gobierno, que se celebró el 10 de mayo de 2011, el Instituto aprobó la tercera edición de sus Principles of International Commercial Contracts; los denominados Principios UNIDROIT (2010). Ver link aquí.

 

* Centro de documentación sobre escritos y sentencias legales (tarea que la UNCITRAL y UNIDROIT han llevado a cabo con el esteblecimiento de un sistema de información llamado "Case Law on Uncitral Texts" (CLOUT). Ver aquí

 

* Base de datos CISG, fuente de referencia de sentencias judiciales. Ver aquí

 

Avances en la aplicación de los principios UNIDROIT sobre los contratos mercantiles internacionales. Cláusula modelo para contratantes.

María Concepción Pablo-Romero Gil-Delgado (Profesor Titular Derecho Mercantil, Universidad Pública de Navarra)

Recibido: 01.11.2013 / Aceptado: 07.11.2013. Ver documento aquí.

 

* Convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías (Nueva York, 1974). Ver documento aquí (en español e inglés).

 

Directiva 86/653/CEE del Consejo de 18 de diciembre de 1986 relativa a la coordinación de los derechos de los Estados Miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes. Ver documento aquí.

 

* Convention on Agency in the International Sale of Goods (Geneva, 17 February 1983) (UNIDROIT). See link here.

www.lexmercatoria.org

 

* Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia (legislación española). Ver BOE aquí.

 

- Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (*), aprobada en el Congreso el 15/02/2011, en su disposición adicional decimosexta modifica parcialmente la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia (en adelante, LCA), al añadir una nueva disposición adicional primera a la LCA que introduce importantes novedades. Ver BOE aquí.

 

* Marco jurídico del contrato de distribución en España:

1.- Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia. No es directamente aplicable, pero los Tribunales (incluso el TS) han mantenido en ocasiones la aplicación analógica (a efectos de la extinción de los contratos).

2.- Regulación propia de la distribución de vehículos automóviles e industriales (concesionarios) (*). Ver resumen ejecutivo de la CNC aquí.

3.- Principios UNIDROIT sobre los contratos comerciales internacionales.

4.- Convenio de Viena (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, Viena, 1980).

 

* Reglamento (CEE) nº 1983/83 de la Comisión, de 22 de junio de 1983, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de distribución exclusiva. Ver reglamento aquí.
* Reglamento (CEE) nº 1984/83 de la Comisión, de 22 de junio de 1983, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de compra exclusiva. Ver reglamento aquí.

 

Convenio de Roma de 1980 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (versión consolidada). Ver link aquí.

 

* Ley aplicable a las obligaciones contractuales – Reglamento Roma I (REGLAMENTO (CE) No 593/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de junio de 2008 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I)). Ver link aquí. Ver Reglamento aquí

 

"El Reglamento Roma I sustituye hoy al Convenio de Roma" (17/12/2009)

Fuente: Pedro de Miguel. Leer artículo aquí

 

- La ley aplicable en contratos de agencia internacional con agente español. Ver artículo de José Francisco Alés García aquí

- Contratos de distribución: llegó la ansiada regulación legal. Ver artículo de José Francisco Alés García aquí

 

* Reglamento (UE) 1215/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Ver más info aquí. Ver Reglamento aquí

 

* La expresión «Bruselas I» suele utilizarse para designar el REGLAMENTO (CE) No 44/2001 DEL CONSEJO de 22 de diciembre de 2000 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Ver documento en español aquí, y en inglés here.

 

Convención de Nueva York (Convención sobre el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras, Nueva York, 1958). Ver documento aquí (en español e inglés).

 

Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (1976, revisado en 2010). Ver documento aquí (en español e inglés).

CNUDMI = Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.

UNCITRAL = United Nations Commission on International Trade Law.

 

CNUCYD = Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.

UNCTAD = United Nations Conference on Trade and Development.

 

* ICC Rules of Arbitration in several languages. Ver link a documento (en inglés y español) aquí.

"2012 Arbitration Rules and 2014 Mediation Rules" SPANISH version. Ver link a documento aquí

CCI = Cámara de Comercio Internacional.

ICC = International Chamber of Commerce.

 

Legislación española:

 

* Ley 5/2012, que asigna a las Cámaras la función arbitral, permitiendo su actuación como instituciones de mediación.

* Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Ver BOE aquí.

* Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Ver documento aquí.

 

* Reglamento de procedimiento de la Corte Española de Arbitraje. Ver documento aquí.

 

* La nueva Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración del Estado, tiene como objetivo contribuir al fomento de los medios alternativos de solución de conflictos y, en especial, del arbitraje. Ver BOE aquí.

 

* Noticia sobre el Contrato de Distribución (legislación española) (02/07/2013)

Fuente: Cinco Días. Leer noticia aquí

 

Nota:

 

En derecho se considera norma imperativa (normas de derecho imperativo / normas de carácter imperativo) a aquella norma jurídica que posee un contenido del que los sujetos jurídicos no pueden prescindir, de manera que la regulación normativa que se haga de la materia tendrá completa validez independientemente de la voluntad del individuo.

 
El concepto de norma imperativa se contrapone al de norma dispositiva, pues en este último supuesto, la norma y su contenido están supeditadas al principio de autonomía de la voluntad, y su aplicación está limitada a los supuestos en los que los sujetos no regulen sus relaciones en sentido distinto al dictado por la norma dispositiva.

 

 

Incoterms 2010:

 

Incoterms® 2010 rules. By the International Chamber of Commerce (ICC), ICC Publication No. 715, 2010 Edition. See link here

* ICC Incoterms®-Regeln. By the International Chamber of Commerce (ICC), ICC Publication No. 715 ED, 2010 Edition, Germany. See link here

 

 

Transporte Internacional:

 

* UNECE (United Nations Economic Commission for Europe). See link here

* Síntesis de la Legislación de la Unión Europea (UE), en materia de Transportes. Ver link aquí

 

El transporte internacional de mercancías por carretera se rige por los siguientes acuerdos:

 

* Convenio CMR (Convenio CMR relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, Ginebra, 19 mayo 1956) ((BOE nº 109, de 7 de Mayo de 1974) . Ver documento, en español aquí, en inglés aquí.

Modificado por el Protocolo de Ginebra de 5 de Julio de 1978 (BOE nº 303, de 18 de Diciembre de 1982).

CMR = Convention relative au contrat de transport international par route.

 

* Directiva 2003/96, que regula los tipos mínimos del impuesto sobre hidrocarburos. Ver DOUE aquí

 

* Convenio TIR (Convenio de Transporte Internacional por Carretera TIR-Transport International Routier, Ginebra, 14 noviembre 1975). Ver documento, en español aquí, en inglés aquí.

 

* Acuerdo ADR (Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera). Ver documento, en español aquí.

 

* Acuerdo ATP (Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas). REAL DECRETO 1202/2005, de 10 de octubre, sobre el transporte de mercancías perecederas y los vehículos especiales utilizados en estos transportes. Ver documento, en español aquí

 

Legislación española:

 

* Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y la Ley 21/2003, de 7 de julio,de Seguridad Aérea. Descargar pdf del BOE aquí

 

"La reforma de la LOTT es ya la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres" (23/05/2014). La nueva LOTT entrará en vigor el próximo 25 de julio (08/07/2013)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Advisors ©. Leer noticia aquí

 

"Conferencia sobre las nuevas normativas que afectan el transporte por carretera" (10/04/2014)

Fuente: Diario Marítimas. Leer noticia aquí

 

La conferencia estaba diseñada para focalizar y desmenuzar los cambios operativos derivados de la nueva Orden FOM 2861/2012; la nueva LOTT; las novedades y aplicación práctica del nuevo RD94/2014 sobre transporte, carga y descarga de mercancías peligrosas; e introducir a las empresas transitarias en los métodos y herramientas en el mercado para el cálculo de la huella de carbono en el transporte y distribución, coincidiendo con la reciente aprobación hace menos de una semana del RD 163/2014 sobre el Registro de la huella de carbono.

 

* Instrumento de Adhesión de 23 de septiembre de 1982 al Protocolo correspondiente al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR), hecho en Ginebra el 5 de julio de 1978. BOE-A-1982-33602. Descargar BOE aquí

 

* Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías (LCTTM). Descargar del BOE aquí

 

* Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, por la que se aprueban las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Descargar del BOE aquí

 

* ORDEN FOM/2181/2008, de 22 de julio, por la que se dictan reglas sobre la realización de transportes de cabotaje en España. Descargar BOE aquí

 

El transporte internacional de mercancías por ferrocarril se rige por los siguientes acuerdos:

 

* Reglas CIM (Convenio Internacional relativo al Transporte de Mercancías por Ferrocarril-CIM, Berna, 1970). Ver link, en español aquí.

 

* Convenio Internacional relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril-COTIF (Berna, 09 mayo 1980).  Ver link, en español aquí.

En vigor en España desde el 1 de mayo de 1985, BOE de 18 de enero de 1986.

 

* Reglamento RID, para el Transporte de Mercancías Peligrosas por ferrocarril. Ver link, en español aquí.

 

Enmiendas al Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID 2015), Anejo al Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril (COTIF), hecho en Berna el 9 de mayo de 1980, adoptadas por la Comisión de expertos para el transporte de mercancías peligrosas en su 53ª sesión celebrada en Berna el 22 de mayo de 2014. Ver BOE aquí.

 

Legislación española:

 

* Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. Descargar pdf del BOE aquí

 

* Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario (LSF). Descargar pdf del BOE aquí

 

* Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (RSF). Descargar pdf del BOE aquí

 

La regulación legal en el transporte marítimo nacional se hace a través del Código de Comercio (en España ya no), y otras reglamentaciones de cada país, y en internacional a través de diferentes convenios:

 

* Reglas de La Haya-Visby (Convenio de Bruselas de 1924 y sus protocolos). Ver link aquí.

- Convenio internacional para la unificación de ciertas reglas en materiade conocimientos. Bruselas, 25 de agosto de 1924.

- Protocolo por el que se modifica el Convenio internacional para la unificaciónde ciertas reglas en materia de conocimientos, firmado en Bruselas el 25 de agosto de 1924. Bruselas, 23 de febrero de 1968. Ver doc aquí

Protocolo por el que se modifica el Convenio internacional para la unificación de ciertas reglas en materia de conocimiento de embarque de 25 de agosto de 1924, tal y como se modificó por el Protocolo de 23 de febrero de 1968. Bruselas, 21 de diciembre de 1979. Ver doc aquí

 

* Reglas de Hamburgo (Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías, Hamburgo, 1978). Ver link, en español e inglés, aquí.

 

* Reglas de Rotterdam (Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo, Nueva York, 2008). Ver link, en español e inglés, aquí.

 

Nota: como recoge José Luis Gabaldón en su libro "Curso de Derecho Marítimo Internacional" (ISBN: 978-84-9768-929-8) (pág. 444), "mientras que las Reglas de la Haya-Visby operan de "buque a buque", las Reglas de Hamburgo lo hacen de "puerto a puerto", y las de Rotterdam lo hacen de "puerta a puerta"".

 

* Convenio internacional sobre la seguridad de los contenedores (CSC). Ver link aquí.

 

* Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, de 2 de noviembre de 1973 (Convenio MARPOL 73/78). Ver link aquí.

 

* Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS 1974). Ver link aquí.

 

* Convenio de las naciones unidas sobre la responsabilidad de los empresarios de terminales de transporte en el comercio internacional, en Viena, de 19 de abril de 1991 (CRETT). Ver link aquí

 

Legislación española:

 

* IMPORTANTE NOVEDAD: Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Descargar del BOE aquí PDF (BOE-A-2014-7877 - 119 págs. - 2.630 KB)

 

"La Ley de Navegación Marítima entra en vigor contando con una aceptación generalizada" (25/09/2014)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Advisors ©. Leer noticia aquí

 

* Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 1992. Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Vigente hasta el 21 de Octubre de 2011). Ver link aquí.

 

* Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general. Ver link aquí.

 

* Real Decreto 2/2011, de 5 de septiembre, que recopila y compendia toda la legislación portuaria desde 1992 (Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante). Ver link aquí.

 

* Instrumento de Ratificación de 16 de noviembre de 1981, del Protocolo de 21 de diciembre de 1979, que modifica el Convenio Internacional para la unificación de ciertas reglas en materia de conocimientos de embarque de 25 de agosto de 1924 («Gaceta de Madrid» de 31 de julio de 1930), enmendado por el Protocolo de 23 de febrero de 1968. Ver link aquí

 

* Convenio de Bruselas de 25 de agosto de 1924, introducido en nuestra legislación por LTM (Ley de Transporte Marítimo en Régimen de Conocimiento, Ley de 22 de diciembre de 1949, sobre unificación de reglas para los conocimientos de embarque en los buques mercantes).

Ver link aquí


El transporte aéreo internacional (mercancías, pasajeros y equipajes) se rige por los siguiente acuerdos:

 

* Convenio de Montreal (Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, 28 mayo 1999). Ver link, en español aquí. Ratificación del Convenio de Montreal por parte de España, ver BOE aquí.

 

Convenio de Varsovia (Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, 12 octubre 1929). Ver link, en español aquí.

 

* Otros: Protocolo de Guatemala, Protocolo de Chicago, Convenio de Tokio, Convenio de Guadalajara, Protocolo de La Haya, Convenio de Roma, Convenio de Chicago.

 

El transporte multimodal ser rige por las reglas de la UNCTAD (United Nations Conference on Trade and Development, ver web aquí), en español, Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), integrada por 190 Estados Miembros.

 

* Convenio de Ginebra CNU (Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías, Ginebra, 1980). Ver Convenio, en español aquí.

 

* Reglas de la UNCTAD y la CCI relativas a los Documentos de Transporte Multimodal. Ver documento, en español aquí.

 

 

Seguros en el Comercio Internacional (Seguro de transporte de la mercancía):

 

Información sobre las Cláusulas de Cobertura del Instituto de Aseguradores de Londres (Institute of London Underwriters / ILU), "ICC - Institute Cargo Clauses":

 

Para transporte marítimo:

     * "ICC-A", Cláusula de carga del Instituto de Aseguradores de Londres, "A" (all risk)

   * "ICC-B", Cláusulas de carga del Instituto de Aseguradores de Londres "B", antes denominada W.P.A. (With Particular Average - con avería particular)

   * "ICC-C", Cláusula de carga del Instituto de Aseguradores de Londres "C", antes denominada F.P.A. (Free of Particular Average - libre de avería particular)

   * "Institute War Clause" (Cargo)

   * "Institute Strike Clauses" (Cargo)

 

Para transporte aéreo:

   * "Institute Cargo Clauses" (AIR)

   * "Institute Strikes Clauses" (Air Cargo)

   * "Institute War Clauses" (Air Cargo)

 

Ver link a las cláusulas de la "International Underwriting Association" aquí

 

Legislación española:

 

Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Descargar del BOE aquí. Texto consolidado. Última modificación: 2 de agosto de 2011. 

 

El régimen que se contiene en el Código de Comercio, regulador del Contrato de Seguro Marítimo, en el que se encuentra integrado el régimen jurídico aplicable al Contrato de Seguro de Transporte Marítimo de Mercancías (artículo 735 y s.s del Código, particularmente el artículo. 745.2 in fine). 

El régimen de la Ley de 8 de octubre de 1980, sobre Contrato de Seguro, con la modificación operada por la ley 30/1995 de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión del Seguro privado, reguladora de los Contratos de Seguros generales, en los que quedarán incorporados los de transporte de mercancías que se realicen por cualquier medio distinto al marítimo.

 

Póliza de seguro (insurance policy): http://www.mapfre.es/wdiccionario/terminos/vertermino.shtml?p/poliza-de-seguro.htm

Certificado de seguro (insurance certificate): http://www.mapfre.es/wdiccionario/terminos/vertermino.shtml?c/certificado-de-seguro.htm

 

 

Medios de Cobro y Pago Internacionales:

 

* Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque (legislación española). Ver BOE aquí.

 

* REGLAMENTO (UE) No 248/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de febrero de 2014 que modifica el Reglamento (UE) no 260/2012 por lo que respecta a la migración a transferencias y adeudos domiciliados comunes a toda la Unión. Ver documento aquí.

 

* Orden ECC/243/2014, de 20 de febrero, por la que se adoptan exenciones de aplicación hasta el 1 de febrero de 2016 sobre determinados requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros. Ver BOE aquí.

 

* REGLAMENTO (UE) No 260/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) no 924/2009. Ver documento aquí.

 

* "Cuatro preguntas sobre los códigos IBAN y BIC o SWIFT" (01/08/2014)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Advisors ©. Leer noticia aquí

 

* La Zona Única de Pagos en Euros: SEPA

Fuente: Banco de España (bde). Leer información aquí.

 

* Recomendación de la Comisión (90 / 109 / CEE), de 14 de febrero de 1990, sobre transparencia de las condiciones bancarias en las transacciones financieras transfronterizas / Directiva 97/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, relativa a las transferencias transfronterizas. Ver documento aquí.

 

* Reglamento (CE) nº 2560/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2001, sobre los pagos transfronterizos en euros. Ver información aquí. Ver documento aquí.

 

* Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre servicios de pago en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2002/65/CE, 2005/60/CE y 2006/48/CE[1] y por la que se deroga la Directiva 97/5/CE (Texto pertinente a efectos del EEE) (DOUE de 5 de diciembre) (Corrección de errores DOUE de 18 de julio de 2009). Ver documento aquí.

 

* Reglamento (CE) nº 924/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativo a los pagos transfronterizos en la Comunidad y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 2560/2001. Ver documento aquí.

 

* Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago (BOE de 14) (Corrección de errores, BOE de 24 de abril de 2010). Ver información aquí.

 

* La Ley Modelo de UNCITRAL sobre transferencias internacionales de crédito (1992). Ver documento aquí.

 

* Las remesas están reguladas por las "Reglas y Usos Uniformes Relativos a la Gestión de Cobro de Documentos" (URC), emitidos por la Cámara de Comercio Internacional a través de su publicación núm. 522, revisión del año 1995.

 

* Los créditos documentarios están regulados por las "Reglas y Usos Uniformes para créditos documentarios" (UCP), emitidos por la Cámara de Comercio Internacional a través de su publicación núm. 600, y son aplicables a los créditos documentarios desde el 1 de julio de 2007. 

 

* Nueva normativa sobre Avales y Garantías Internacionales de la Cámara de Comercio Internacional (CCI): URDG 758. Ver info aquí

 

Garantías bancarias en operaciones de comercio exterior. Ver info aquí

 

 

Aduanas:

 

* Decisión de Ejecución de la Comisión, de 29 de abril de 2014, por la que se establece el Programa de Trabajo relativo al Código Aduanero de la Unión. «DOUE» núm. 134, de 7 de mayo de 2014. Ver documento aquí

 

El Código Aduanero de la Unión (CAU) será aplicable a partir del 1 de mayo de 2016. Ver más info de Taric aquí

El Código Aduanero de la Unión (CAU) será aplicable a partir del 1 de junio de 2016. Ver más info aquí

 

* Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión. (DOUE, 10-octubre-2013). Ver documento aquí

 

* IMPORTANTE NOVEDADReal Decreto 285/2014, de 25 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero y el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. BOE 14/05/2014. Descargar pdf aquí (BOE-A-2014-5109 - 7 págs. - 182 KB)

 

"Feteia presentará ante el Supremo un recurso contra el RD que regula la figura del representante aduanero" (24/10/2014)

Fuente: INCOTRANS® - International Business Advisors ©. Leer noticia aquí

 

* Real Decreto (RD) 335/2010 aquí (Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero).

 

Código aduanero comunitario modernizado. Reglamento (CE) N° 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado) [Diario Oficial L 145 de 04.06.2008]. Ver Código aquí

 

* Decisión nº 70/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a un entorno sin soporte papel en las aduanas y el comercio [Diario Oficial L 23/21 de 26.01.2008]. Ver documento aquí

 

* Reglamento (CEE) n° 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario. Ver Código, en español aquí. Ver documento de la Agencia Tributaria Española aquí

 

Acto(s) modificativo(s):

      * Reglamento (CE) n° 82/1997. Ver info aquí 

      * Reglamento (CE) n° 955/1999. Ver info aquí 

      * Reglamento (CE) nº 2700/2000. Ver info aquí

      * Reglamento (CE) n° 648/2005. Ver info aquí

      * Reglamento (CE) n° 1791/2006. Ver info aquí

 

* Reglamento (CEE) n° 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código aduanero comunitario [Diario Oficial L 253 de 11.10.1993]. Reúne, en un único documento, las disposiciones de aplicación del Código Aduanero Comunitario. Ver info aquí

 

* Propuesta de Reglamento (CE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2005, por el que se establece el Código aduanero comunitario (Código aduanero modernizado) [COM (2005) 608 final - no publicada en el Diario Oficial] (COD/2005/0246).

 

* Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2005, relativa a un entorno sin soporte papel en las aduanas y el comercio [COM (2005) 609 final - no publicada en el Diario Oficial] (COD/2005/0247).

 

Nota: Estas dos propuestas forman un «paquete» destinado a crear un entorno simple y sin soporte de papel en las aduanas y el comercio, y un entorno aduanero comunitario electrónico. Las medidas propuestas tienen por objetivo: hacer compatibles entre sí los sistemas aduaneros electrónicos,introducir el análisis del riesgo electrónico ygeneralizar el recurso a la declaración electrónica.

 

Archivos